Una de las cuestiones que últimamente se nos están planteando por el despacho, es que opciones tienen aquellos cónyuges que por circunstancias de la vida han decidido acabar con su relación y extinguir su vínculo matrimonial mediante el divorcio.
Nosotros les explicamos que existen dos formas de llevar a cabo un divorcio, a saber de mutuo acuerdo, que verdaderamente es lo aconsejable y no sólo reduce tiempos, sino también costes tanto económicos como emocionales; y por otro lado tenemos el divorcio contencioso.
En este post, vamos a intentar explicar de una manera sencilla como puede llevarse a cabo un divorcio de mutuo acuerdo entre los cónyuges, para en posteriores post explicaros en mayor profundidad en que consiste el divorcio contencioso.
En primer lugar debemos destacar que, el divorcio de mutuo acuerdo al ser de carácter amistoso, los cónyuges pueden optar por compartir abogado y acudir a los Juzgados a todos los procedimientos con un solo procurador y abogado que les represente, aunque cada uno puede optar por elegir a su propio abogado.
En caso de existir mutuo acuerdo entre los cónyuges, se redactará por el Letrado (o Letrados si cada uno de los cónyuges quiere llevar su propio abogado) un convenio regulador en el que se recogerán los acuerdos alcanzados entre los cónyuges en relación a la guarda y custodia de los hijos menores, régimen de visitas, pensión de alimentos, pensión compensatoria si procede, adjudicación de la vivienda familiar e incluso la liquidación del régimen matrimonial si así lo acordaran los cónyuges.
Redactado el Convenido Regulador, se elaboraría demanda de divorcio, que se presentaría, junto con el Convenio Regulador y otra serie de documentación que el abogado ha de recabar de los cónyuges, ante el Juzgado competente.
Una vez admitida a trámite la demanda y su documentación anexa, los cónyuges serán citados para que procedan a ratificar ante el Juez el Convenio previamente suscrito por ambos, tras este trámite y en caso de haber hijos menores se dará traslado al Ministerio Fiscal para que se pronuncie sobre el Convenio evitándose así que los hijos menores en caso de haberlos, o alguno de los cónyuges se vea perjudicado por los pactos adoptados en el convenio.
Una vez cumplido este trámite el Juez que conoce de la demanda dictará Sentencia declarando la disolución del matrimonio y aprobando el convenio regulador.
Existe un supuesto especial en los divorcios de mutuo acuerdo, y es que en el caso de que el matrimonio que quiera divorciarse no tenga hijos menores de edad no emancipados, o mayores de edad respecto de los cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores el trámite puede realizarse directamente ante Notario.
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